Ley Provincial N.º 13.258: reconocimiento y promoción de la Lengua de Señas Argentina en Santa Fe
En la provincia de Santa Fe, la Ley Provincial N.º 13.258 constituye un marco legal destinado a reconocer la Lengua de Señas Argentina (LSA) y los derechos de las personas con discapacidad sensoauditiva en materia de comunicación, expresión y aprendizaje. La norma fue sancionada en 2012 y establece diferentes acciones orientadas a favorecer la inclusión y eliminar barreras comunicacionales.
La ley reconoce el derecho de las personas con discapacidad sensoauditiva a utilizar la Lengua de Señas Argentina como medio de expresión, comunicación y aprendizaje, tanto en ámbitos públicos como privados. También contempla acciones para garantizar el uso de la lengua de señas en diferentes funciones sociales.
Uno de los aspectos centrales de la normativa es la necesidad de promover condiciones que permitan una comunicación accesible entre las personas sordas y el resto de la sociedad. Para ello, se contemplan acciones vinculadas con la capacitación y la incorporación de la LSA en diferentes espacios.
La formación en Lengua de Señas Argentina representa una herramienta fundamental para avanzar hacia una comunicación sin barreras. En este sentido, desde distintos ámbitos de la provincia se han impulsado iniciativas vinculadas con la capacitación de docentes y de trabajadores de diferentes áreas, incluyendo propuestas relacionadas con personal de emergencias, bomberos y agentes policiales.
La accesibilidad comunicacional también resulta especialmente importante en los organismos e instituciones que brindan atención al público. Poder comunicarse directamente o contar con intérpretes de LSA permite que las personas sordas puedan acceder a servicios, realizar trámites, recibir información y ejercer sus derechos en condiciones de mayor igualdad.
La aplicación de la Ley 13.258 requiere no solamente conocer su existencia, sino también avanzar en medidas concretas que permitan hacer efectivos los derechos que reconoce. En los últimos años, distintos proyectos y pedidos legislativos han planteado la necesidad de fortalecer su cumplimiento y ampliar la capacitación en LSA en diferentes ámbitos de la provincia.
La normativa provincial también forma parte de un marco más amplio de reconocimiento de los derechos lingüísticos y culturales de la comunidad sorda. A nivel nacional, la Ley 27.710 reconoció posteriormente a la Lengua de Señas Argentina como una lengua natural y originaria, vinculada con la identidad lingüística y la herencia cultural de las personas sordas.
Reconocer la LSA significa comprender que la accesibilidad comunicacional no es un privilegio, sino una condición necesaria para garantizar la participación plena de las personas sordas en la sociedad.
Conocer las leyes que protegen estos derechos también permite que la comunidad pueda informarse, exigir su cumplimiento y participar activamente en la construcción de espacios más accesibles.
Desde INFOSOR Noticias consideramos fundamental difundir la legislación relacionada con la comunidad sorda y contribuir al conocimiento de los derechos lingüísticos, culturales y comunicacionales.
Porque una sociedad verdaderamente inclusiva es aquella que elimina las barreras y garantiza que todas las personas puedan comunicarse, participar y ejercer sus derechos.
Comunicación sin barreras.